¿Tenemos derecho a que nos quiten el software preinstalado al comprar un ordenador?
A raíz de un hilo en barrapunto.com nos hemos enterado de que un ciudadano francés han conseguido que en la compra de un portátil le devuelvan la parte del precio correspondiente al software y el sistema operativo preinstalado.
En algunos sitios se afirma que la sentencia sienta jurisprudencia en todo el territorio europeo. Obviamente esto no es posible ya que se trata de una sentencia de la Corte de Casación Francesa, que poco o nada tiene que decir sobre lo que ocurre en otros países de la Unión. Sin embargo, la misma hace referencia al artículo L.122-1 del Código de Consumo francés y a la Directiva Europea nº 2005/29/CE, a raíz de los cuales considera este tipo de venta con una venta vinculada. Obviamente el Código de Consumo francés no es aplicable en España pero si la citada directiva europea.
Así que no se puede afirmar que ya podemos ir a una tienda a comprar un ordenador y pedir que nos descuenten el coste del software que no nos interesa, aunque parece que puede haber algo de luz al final del túnel.





